Falsos Positivos
En Neiva borraron mural en homenaje a la memoria de las víctimas de ‘Falsos Positivos’
OBSURDH
9 Nov 2021 01:36 PM

¡Ganaron las víctimas! Mural de los 'falsos positivos' se queda

Johana
Rodríguez
Ese tribunal revocó el fallo de tutela que ordenaba borrar todas las imágenes referentes a este mural.

El 21 de febrero de 2020, el juzgado 13 civil de circuito de Bogotá falló una tutela a favor del entonces general Marcos Evangelista Pinto Lizarazo y le ordenó al Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice) que borrara el denominado 'mural de los 'falsos positivos' de las redes sociales y cualquier medio de comunicación.

En el mural aparecía la foto del general y otros oficiales del Ejército señalados de participar en las ejecuciones extrajudiciales. Bajo las imágenes aparecía la pregunta ¿Quién dio la orden?

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Corte Constitucional

Este polémico caso llegó a la Corte Constitucional, que con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, tumbó dicho fallo y le dio la razón a las víctimas de los "falsos positivos".

El abogado Sebastián Escobar, defensor de las víctimas, explicó que la decisión de la Corte aprueba el mural, dejándolo intacto y con la posibilidad de replicarlo.

“La Corte respalda el discurso y reconoce el derecho que le asiste a las víctimas para expresar libre y públicamente sus opiniones, con relación al fenómeno de los 'falsos positivos' y la posibilidad de cuestionar a funcionarios públicos, bajo cuyo mando ocurrieron los hechos”, precisó.

Estos son algunos apartes de la decisión de la Corte Constitucional:

El fallo de ese tribunal señala que las víctimas de los "falsos positivos" al pintar el mural no incurrieron “en abuso del derecho a la libertad de expresión”, ni violaron los derechos fundamentales al buen nombre y honra del general Pinto

Además, como señala el abogado, la Corte advirtió que “los ciudadanos tienen el derecho de denunciar de manera pública hechos y actuaciones que consideren irregulares y que sean atribuibles a servidores públicos”.

Documentos que el Movice envió a la Corte Constitucional en medio del estudio del caso, señalan que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional del año 2017, advirtió que los casos de 'falsos positivos' “presuntamente fueron cometidos por brigadas actuando bajo cinco divisiones”.

El documento nombra a la Quinta División (Brigada 9), como el grupo que “presuntamente cometió aproximadamente 119 homicidios conocidos como 'falsos positivos' entre 2004 y 2008 en el departamento de Huila”, que según Movice “estuvo bajo la comandancia de Pinto Lizarazo durante el año 2008”.

El Movice señaló en el documento que el Batallón de Infantería No. 27 “Magdalena” ‘BIMAG’ de la Novena Brigada “bajo la comandancia de Pinto Lizarazo, operó en el departamento del Huila identificado por la JEP como uno de los territorios críticos de esta modalidad delictiva que implicó su priorización en el marco del caso 003”, que se conoce como las “muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado".

Fuente
Sistema Integrado de Información