Qué es mejor cotizar en Colpensiones o en fondos privados
Qué es mejor cotizar en Colpensiones o en fondos privados
RCN Radio
5 Feb 2024 01:37 PM

¿Hasta qué edad me puedo pasar de un fondo privado a Colpensiones?

Anthonny José
Galindo Florian
Los ciudadanos que deseen trasladarse a Colpensiones deberán tener 5 años de permanencia en fondos privados.

En Colombia los trabajadores pueden elegir el régimen de pensiones al cual vincularse. En el sector privado existen múltiples opciones de fondos que administran el ahorro, pero también está Colpensiones, entidad pública que hasta el cierre del año anterior contaba con más de 6.700.000 afiliados en todo el territorio nacional. 

De igual forma, los ciudadanos son libres de pasar de un régimen a otro si así lo requieren, siempre y cuando se cumplan con requisitos relacionados a la edad y al tiempo de permanencia

¿Cuál es la edad máxima para pasarme a Colpensiones? 

Los ciudadanos que deseen trasladarse de un fondo privado a Colpensiones podrán hacerlo hasta antes de cumplir los 52 años de edad, en el caso de los hombres, o 47 años si se trata de una mujer. Incluso, se recomienda a los interesados que a falta de cumplir 10 años para la edad de pensión (42 años los hombres y 37 años las mujeres), soliciten y reciban la doble asesoría con ambos regímenes, en la cual recibirán información de su caso por parte de Colpensiones y el fondo privado. 

Otro de los requisitos para pasar a Colpensiones es tener 5 años de permanencia en los fondos privados. Cabe aclarar que no es necesario haber estado este tiempo en el mismo fondo, pues lo importante es que la suma de su permanencia en el régimen privado sea de mínimo 5 años

Guía para trasladarse de un fondo privado a Colpensiones.

 

¿Qué documentos necesito? 

Además de cumplir con los anteriores requisitos, para realizar el traslado a Colpensiones solo se requieren el Formulario de traslado de régimen establecido y el documento de identidad. Tras hacer este trámite, el traslado será efectivo el primer día calendario del segundo mes posterior a la fecha de radicación de la solicitud. 

 

Fuente
Sistema Integrado Digital