El alto tribunal desestimó la demanda que pedida la nulidad de la elección del alcalde por posible trashumancia.
El alto tribunal desestimó la demanda que pedida la nulidad de la elección del alcalde por posible trashumancia.
Consejo de Estado
21 Jun 2025 09:56 AM

Consejo de Estado ratificó en el cargo al alcalde de Molagavita

Edna Catalina
Porras Pico
Según la demanda que pedía la nulidad del alcalde, la diferencia con la que ganó Luis Ramírez, se habría dado debido al 'trasteo' de votos.

El Consejo de Estado ratificó la elección de Luis Arnulfo Ramírez López como alcalde del municipio de Molagavita, para el periodo 2024-2027, al considerar que los votos irregulares identificados por trashumancia electoral no fueron determinantes en el resultado final de los comicios.

La decisión se tomó tras resolver los recursos de apelación presentados por los ciudadanos Roberto Ardila Cañas y Nelson Alfredo Jaimes Camacho, quienes impugnaron el fallo del Tribunal Administrativo de Santander que había negado la nulidad de la elección. Los demandantes alegaban que al menos 67 ciudadanos votaron sin residir realmente en el municipio, pese a que sus cédulas habían sido anuladas previamente por el Consejo Nacional Electoral (CNE) por inscripción irregular.

Según los demandantes, la diferencia de apenas cinco votos entre Ramírez López y el segundo candidato, quien obtuvo 1.447 sufragios frente a los 1.452 del ganador,  hacía que los votos trashumantes tuvieran un efecto sobre el resultado de las elecciones. Sin embargo, la Sección Quinta del Consejo de Estado determinó que, conforme a la jurisprudencia vigente, no era posible establecer con certeza a qué candidato favorecieron los votos cuestionados, debido al carácter secreto del voto.

El alto tribunal también respaldó la decisión del juez de primera instancia que dejó sin efectos la exclusión de 12 votantes inicialmente señalados como trashumantes, al demostrarse que sí tenían vínculos con el municipio, como residencia, empleo o actividad económica.

Aunque el Consejo reconoció que la situación podría generar dudas sobre la voluntad mayoritaria de los electores, concluyó que “no es posible determinar con certeza a quién beneficiaron los votos trashumantes” y que “no existe un método técnico y objetivo” que permita anular una elección solamente porque estos votos superen la diferencia entre los candidatos.

Esta decisión pone punto final a una de las disputas electorales más reñidas del departamento por la poca diferencia entre el candidato que salió electo y quien quedó en segundo lugar.

Fuente
Sistema Integrado de Información