Restricción
Estas son las vías que tendrán prohibición de motocicletas y restricción de parrillero en Bucaramanga
Ingrid Jaimes / La FM
10 Jun 2025 09:59 AM

Estas son las vías que tendrán prohibición de motocicletas y restricción de parrillero en Bucaramanga

Ingrid Liliana
Jaimes Jaimes
Las medidas anunciadas para la prohibición del parrillero y la circulación de motocicletas entraría a regir de manera pedagógica por un mes.

Comenzó a regir en Bucaramanga la prohibición y circulación de motocicletas por la carrera 33, entre la Quebrada Seca y la calle 55, sentido norte- sur y la restricción del parrillero hombre en la calle 36 entre carrera 15 y 19 en ambos sentidos, durante los horarios 6:00 a.m. a 8:00 a.m. y de 6:00 p.m. a 8:00 p.m., de lunes a viernes.   

Así quedó definido en la resolución 292 del 2025 emitida por la Dirección de Tránsito municipal, “por medio de la cual se adoptan medidas restrictivas par el control y la regulación del transporte ilegal en motocicleta en el municipio de Bucaramanga. 

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En la resolución quedó definida “para la circulación de motocicletas con acompañante o parrillero en todo el territorio, la autoridad de tránsito competente podrá exigir que su conductor sea a la vez propietario de la misma. Para efectos del control de esta medida por parte de los agentes de tránsito, el conductor de la motocicleta deberá corresponder al propietario registrado en la Licencia de Tránsito”. 

Excepciones a la restricción 

-La Dirección de tránsito municipal dejó claro en la resolución 292 del 2025 que estas medidas tienen excepciones para: los vehículos automotores tipo motocicletas pertenecientes a la Fuerza Pública, Organismos de Seguridad del Estado, Policía Judicial, Autoridades de tránsito y transporte, Organismos de Emergencia y Socorro, Prevención y Salud. 

-Las motocicletas que son utilizadas por personal de seguridad privada que se encuentren en ejercicio de sus funciones, cuyos ocupantes deberán portar correspondientes identificaciones oficiales que incluye carné, uniforme establecido oficialmente de la empresa.  

-Los vehículos que transporten de manera habitual, personas en condición de discapacidad o movilidad reducida, siempre que acrediten la documentación vigente del vehículo, así como el registro de localización o caracterización de personas con discapacidad RLCPD. 

-Las motocicletas de enseñanza debidamente registradas y habilitadas por el Ministerio de Transporte.  

-También el personal operativo de empresa de servicios públicos domiciliarios, siempre que se encuentre vistiendo las prendas de instituciones y porte de carné que lo identifique como tal y se ajusten a las disposiciones de la medida de pico y placa.  

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Por un mes la medida será pedagógica 

Las medidas anunciadas para la prohibición del parrillero y la circulación de motocicletas entrarían a regir de manera pedagógica por un mes. 

La idea de la Dirección de Tránsito es tomar este tiempo para realizar la respectiva socialización y que, de esa manera, a partir del 6 de julio, fecha en la que ya entraría en vigencia la medida con comparendos económicos, la ciudadanía esté al tanto y no se generen afectaciones económicas para ningún ciudadano. 

Comparendos 

La multa para los actores viales que incumplan las normativas que se aprueben sería de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que corresponde a $711.750 pesos colombianos; además, también se realizaría la inmovilización de las motocicletas. 

Fuente
Sistema Integrado de Información