Palacio de Justicia, en el centro de Bogotá
Palacio de Justicia, en el centro de Bogotá.
RCN Radio
13 Ene 2023 02:47 PM

Corte Constitucional protegió a víctima de acoso sexual a quien la Procuraduría negó sus derechos

Diego
Espitia
La Procuraduría negó en primera y segunda instancia por supuestamente, no encontrar validos los argumentos de la demandante.

La Corte Constitucional protegió a una mujer que denunció ser víctima de acoso sexual en su lugar de trabajo por un superior y que, en las dos primeras instancias, la Procuraduría consideró que los argumentos de la accionante no tenían fundamento suficiente. 

Ante la decisión de la entidad, la mujer presentó una tutela ante la Alta Corte, que, luego de estudiar la demanda, consideró que la Procuraduría no actuó teniendo en cuenta la protección especial, ni valoró con perspectiva de género la denuncia presentada por la víctima

“Una valoración carente de perspectiva de género -como la realizada por las accionadas- conduce a menospreciar el relato de la víctima por no contar con otros medios de prueba que respalden su dicho, pese a que estos, dado el carácter privado en que sucedieron los hechos, sencillamente no existen.

Tal postura, además de exigirle a la víctima lo imposible, propicia ambientes de impunidad, tolerancia institucional hacia agresiones a los derechos humanos de la mujer, e invisibilización de importantes elementos para la comprensión del caso concreto”, señala la sentencia del caso. 

El Alto Tribunal recordó que las prácticas institucionales que confirman patrones de desigualdad, discriminación y violencia contra la mujer revictimizan a la accionante, pues, en este caso, se evaluó el material probatorio sin contemplar el enfoque de género. 

“La Sala constata que el ejercicio probatorio realizado por las accionadas, e incorporado a las decisiones objeto de la presente acción de tutela, fue inadecuado y resulta contrario a la Carta, puesto que, al versar la actuación sobre una posible situación de violencia de género de tipo sexual en un contexto laboral, era necesario que dichas autoridades aplicaran una perspectiva de género en la apreciación y valoración de las pruebas”, consideró la corte. 

Según los magistrados, no se puede pasar por alto el maltrato verbal que padeció la accionante a lo largo del proceso disciplinario, particularmente por parte del accionado y su abogado, quienes utilizaron expresiones en contra de su integridad tanto moral como física.

Fuente
Sistema Integrado de Información